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Mostrando las entradas de agosto, 2018

Concordia y sus Villas Italianas

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Cinco construcciones en Concordia que reflejan la marca de la inmigración italiana en la arquitectura. Conocé, junto con la arquitecta María del Carmen Bonicalzi, la historia de: Villa Yolanda, calles Roque Sáenz Peña y Damián P. Garat, esquina Noreste. Villa Teresita, calle Urquiza entre Carriego y Espino Casa Zorraquín, calles Pellegrini y Salta, esquina Noreste. Unión y Benevolenza,calle Buenos Aires entre Urquiza y Pellegrini Casa Robinson, calles Carriego y Rivadavia, esquina Noroeste. Programa ProyectarTV

¿Que es el Patrimonio Arquitectónico?

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La arquitecta y docente universitaria Mariana Melhem cuenta qué es lo que se tiene en cuenta para considerar a una obra como "patrimonial". El rol de las viviendas y su aporte al patrimonio arquitectónico de las ciudades entrerrianas, desde el siglo XIX hasta 1940. Programa ProyectarTV

ORDENANZA MUNICIPAL N° 29.789

Municipalidad de Concordia, Entre Ríos. Interés Patrimonial ORDENANZA Nº 29789 (Texto ordenado según las modificaciones introducidas por ordenanzas n° 33195, 33332, 33448,34776,34792,34820, 34841 35819, 35870, 35927, 36039 , 36130 , 36279 , 36316 y 36426) SANCIONADA: 13.11.1997 PROMULGADA: 04.12.1997 PUBLICADA: 16.12.1997 ARTICULO 1º.- Declárese de interés patrimonial (arquitectónico, histórico, arqueológico, cultural, paisajístico, ambiental, etcétera) a los edificios, áreas, sitios, monumentos, objetos documentales, natural, que comprende los elementos, bienes materiales e inmateriales que puedan ser comprendidos en el concepto patrimonio.- ARTICULO 2º.- La enumeración que se establece en la presente ordenanza no tiene carácter taxativo o excluyente y podrían incluirse nuevos elementos con la sola solicitud de ser incluidos en el catalogo pertinente.- Dicho catalogo (creado por ordenanza nº 29113) será publicado en dos diarios de nuestra ciudad por tre

ORDENANZA MUNICIPAL N° 29.113

Municipalidad de Concordia, Entre Ríos Protección Patrimonial ORDENANZA N° 29113 SANCIONADA: 28.11.1996 PROMULGADA: 13.12.1996 PUBLICADA: 13.12.1996 (Texto ordenado con las modificaciones introducidas por las ordenanzas n° 32784 y 33221) ARTICULO 1°.- COMPETENCIA: La Municipalidad de Concordia planificará y llevará a cabo, por intermedio de la Dirección de Planeamiento Urbano y Medio Ambiente Humano, las acciones, proyectos, programas particularizados, referidos a la protección patrimonial, en todos los edificios, áreas u objetos que las normas contenidas en la presente ordenanza así lo prescriban .- ARTICULO 2°.- ORGANO DE APLICACIONES: Es la Dirección de Planeamiento Urbano y Medio Ambiente Urbano. Esta Dirección contará con el apoyo de un Consejo Asesor de Protección del Patrimonio de Concordia que se conforma a tal efecto integrado por representantes del Colegio de Arquitectos, del Colegio de Ingenieros y por personas dedicadas al estudio y/o rescate his