ORDENANZA MUNICIPAL N° 29.789


Municipalidad de Concordia, Entre Ríos.

Interés Patrimonial

ORDENANZA Nº 29789
(Texto ordenado según las modificaciones introducidas por ordenanzas n° 33195, 33332,
33448,34776,34792,34820, 34841 35819, 35870, 35927, 36039 , 36130 , 36279 , 36316 y 36426)
SANCIONADA: 13.11.1997
PROMULGADA: 04.12.1997
PUBLICADA: 16.12.1997

ARTICULO 1º.- Declárese de interés patrimonial (arquitectónico, histórico, arqueológico, cultural, paisajístico, ambiental, etcétera) a los edificios, áreas, sitios, monumentos, objetos documentales, natural, que comprende los elementos, bienes materiales e inmateriales que puedan ser comprendidos en el concepto patrimonio.-


ARTICULO 2º.- La enumeración que se establece en la presente ordenanza no tiene carácter taxativo o excluyente y podrían incluirse nuevos elementos con la sola solicitud de ser incluidos en el catalogo pertinente.-
Dicho catalogo (creado por ordenanza nº 29113) será publicado en dos diarios de nuestra ciudad por tres días consecutivos y los particulares poseerán sesenta (60) días a partir de la última publicación para formular cualquier objeción, la cual deberá ser remitida por escrito al órgano de aplicación (Dirección de Planeamiento Urbano y Medio Ambiente Humano).

A- PRESERVACIÓN ARQUITECTONICA Y URBANISTICA:
Declárese de interés municipal y protegido por los alcances de preservación y subsidios otorgados por
el programa, los siguientes inmuebles:
1.- Cementerio Viejo: Humberto Primo entre Ramírez y Sargento Cabral.
2.- Casa Arthagnan: Entre Ríos y Avellaneda esquina Suroeste.
3.- Casa Firpo: Entre Ríos y Sargento Cabral, esquina Noroeste.
4.- Palacio Arruabarrena: Entre Ríos y Ramírez, esquina Noroeste, actual museo.
5.- Casa Castro: Pellegrini y 3 de Febrero, esquina Noroeste.
6.- Casa Bernardino Home: Pellegrini 937.
7.- Casa Péndalo Díaz: Güemes 35.
8.- Casa Juan C. Salduna: Urquiza 868.
9.- Casa Zorraquin: Pellegrini y Salta, esquina Noroeste.
10.- Casa Marcone: San Luis y Vélez Sarfield, esquina Suroeste.
11.- Casa Caminal: Beñatena -Pellegrini 772, actual Dispensario.
12.- Casa Ferré: San Martín y Chile, esquina Noroeste.
13.- Tribunales Provinciales: Bartolomé Mitre 133.
14.- Hotel Colón: Pellegrini y 1º de Mayo, esquina Noroeste.
15.- Casa Camaño: La Rioja y Bartolomé Mitre, esquina Suroeste.
16.- Casa Masvernat: Bartolomé Mitre 259.
17.- Casa Señoritas Woolmer: Bartolomé Mitre y Damián P. Garat, esquina Suroeste.
18.- Escuela Velez Sarfield.- Bartolomé Mitre y Prebistero del Castillo, esquina Noroeste.
19.- Biblioteca Olegario V. Andrade: 1º de Mayo 141.
20.- Casa Zubieta.- 1º de Mayo 217, actual obra Diocesana FACE.
21.- Villa Emilia.- Quintana 197.
22.- Escuela Normal.- Manzana limitada por Sarmiento, Quintana, Alem, 25 de Mayo.
23.- Estación de Ferrocarril: Avenida Robinson.
24.- Casa Fagalde: Entre Ríos y Estrada, esquina Suroeste.
25.- SOCIETÁ ITALIANA "LA CONCORDIA": Buenos Aires entre Pellegrini y Urquiza, actual cochera.(*)
26.- Casa Robinson: Carriego y Rivadavia, esquina Noroeste.
27.- Casa Farquarson: Rivadavia 1068.
28.- Iglesia Evangélica: Buenos Aires entre San Juan y Rivadavia.
29.- Sociedad Masónica Rectitud: Pellegrini 1116. (+)
30.- Societta Italiana Roma Itengibile: Hipólito Yrigoyen casi Bartolomé Mitre.
31.- Edificio 1º de Mayo y la Rioja, esquina Noroeste, ex Banco de Londres, actual comercio.
32.- Edificio Banco Francés: Entre Ríos y San Martín, esquina Suroeste, ex Banco Hogar Argentino.
33.- Edificio Banco Nación y vivienda anexa: Pellegrini y Mitre, esquina Noroeste.
34.- Edificio D. G. I.- Pellegrini y Alberdi, esquina Sureste -ex Banco Hipotecario-.
35.- Edificio Cooperativa Eléctrica: Urquiza y 1º de Mayo, esquina Suroeste, ex Banco de Londres.
36.- Edificio Banco Río: Urquiza y Bartolomé Mitre, esquina Noroeste, ex Tiendas Gath & Chávez.
37.- Palacio Municipal: Bartolomé Mitre 76.
38.- Casa de Urquiza 686.
39.- Casa de Hipólito Yrigoyen 625.
40.- Casa de J. Salvatierra: Espino 123.
41.- Villa Teresita: Urquiza entre Carriego y Espino, casi destruida.
42.- Villa Yolanda: Roque Sáenz Peña y Damián P. Garat, esquina Noroeste.
43.- Casas de Brown 678 y 569.
44.- Casa Inschauspe: Entre Ríos 924.
45.- Casa de San Luis 529.
46.- Casa de La Rioja 622, actual Centro de Comercio, Industrias y Servicios de Concordia.
47.- Tres casas de Bernardo de Irigoyen e Ituizangó, esquina Noroeste.
48.- Edificio Alem y Entre Ríos, esquina Suroeste actual Clínica San José.
49.- Colegio de los Padres Capuchinos: Sarmiento entre Güemes y Vélez Sarfield.
50.- Casa de Güemes y Laprida, esquina Suroeste.
51.- Casa de San Martín 416.
52.- Club Progreso: Pellegrini entre Corrientes y Salta.
53.- Casa Ferrari: Alberdi y Rivadavia, esquina Suroeste.
54.- Casa de Quintana y Alvear, esquina Suroeste.
55.- Dos casas de Alem y Sarmiento, esquina Noroeste.
56.- Casa de Pellegrini 1029.
57.- Tanque compensador Obras Sanitarias, entre Ríos y San Lorenzo, esquina Suroeste.
58.- Casa de Hipólito Yrigoyen 1266.
59.- Edificio de E. N. E. T. Nº 1 (entrada principal), Entre Ríos y Avellaneda, esquina Noroeste.
60.- Casa de Concejal Veiga y Quintana, esquina Suroeste (casa más antigua que se conserva).
61.- Casa de Bartolomé Mitre 171.
62.- Casa de Bartolomé Mitre 181 -Orientación para la joven de Concordia.
63.- Casa de Bartolomé Mitre 197 -Acción Católica de Concordia.
64.- Casa de Bartolomé Mitre 199 -actualmente desocupada.
65.- Edificio de la Usina Eléctrica -San Juan y Alberdi, esquina Sureste- actualmente garaje Cooperativa Eléctrica.
66.- Casa de La Rioja y Corrientes, esquina Suroeste.
67.- Edificio de San Juan y Salta, esquina Suroeste. -Primer Usina Eléctrica de Concordia, luego garaje para tranvías, actualmente Escuela de Comercio Nº 2- U. T. N., Dirección Municipal de Deportes y Gimnasio Municipal.
68.- Colegio y Capilla de las Hermanas Adoratrices, Urquiza y Corrientes, esquina Suroeste.
69.- Casa de Corrientes y Pellegrini, esquina Suroeste, residencia del Obispo de Concordia.
70.- Edificio del Tiro Federal, 25 de Mayo entre Falucho y Chacabuco.
71.- Edificio del Policlínico Ferroviario, La Rioja y Roque Saenz Peña esquina Suroeste.
72.- Edificio principal de la Escuela de Comercio Nº 1, Urquiza entre Montevideo y 3 de Febrero.
73.- Iglesia Catedral, Urquiza entre 1º de Mayo y Bartolomé Mitre.
74.- Edificio del Cine -Teatro Odeón- Entre Ríos 567.
75.- Casa de Montevideo 170.
76.- Casa de Hipólito Yrigoyen 881.
77.- Edificio Panadería La Española, Roque Sáenz Peña 77.
78.- Bar Scattone: Aristóbulo del Valle y Sarmiento, esquina Noroeste.
79.- Escuela Belgrano: Entre Ríos y Montevideo, esquina Noroeste.
80.- Casa de Bolivia y Salta, esquina Suroeste, actual Escuela El Principito.
81.- Casa de Montevideo e Hipólito Yrigoyen esquina Noroeste.
82.- Escuela Almafuerte: Urquiza entre Uruguay y Paraná.
83.- Escuela Gutiérrez: Sarmiento y Vías.
Castillo San Carlos: Parque Rivadavia.
Viña de Córdoba -Sicre- Diamante y J. J. Valle.
Club Regatas Concordia.
Casa de Eva Perón y Ricardo Rojas, esquina Noroeste.
Casa de Ricardo Rojas 257, actualmente Vice Consulado de España.
Cementerio Nuevo El Edén: Las Heras y Feliciano, manzana Noroeste.
Palacio Soler -Urquiza- Avenida Vermech camino de acceso a la Tortuga Alegre.
Edificio Naranjal de Pereda: Victorino Simón y San Carlos.
Casa de Ricardo Rojas y 25 de Mayo, esquina Noroeste, abandonada y semi saqueada.
Casa de Ricardo Rojas y Entre Ríos, esquina sureste.
Círculo Italiano Concordia: calle Buenos Aires Nº 136 (0)
Automóvil Club Argentino, de calle Pellegrini y Corriente(-/)
Ex Casa Hourcade (=)
Ex casa Acquarone (&)
Club Vasco Argentino Concordia (@)
Ex Casa Mullin: Concejal Veiga Nº 693 (ç)
Escuela Secundaria Nº 19 "Generala Juana Azurduy" (I)
Parroquia Nuestra Señora del Santisimo Rosario de Pompeya (¿?)
Club Atlético Victoria (^)
Retablo de la Virgen de la Esperanza (+)
Salón comercial y dos viviendas, construidas en el año 1926 en calle Entre Ríos Vélez Sarsfield (Esq.
N.O.).(!¡)
Salón comercial y vivienda Dr. Sarli, construida en el año 1928 en calle Entre Ríos y Urdinarrain (Esq.
S.O).(!¡)
Casa y local Sra. De Crosa, construida en el año 1928 en calle Entre Ríos Nº 719.(!¡)
Casa de Rentas Fernández, construida en el año 1929 en calle Alem Nº 67.(!¡)
Casa de Rentas Fernández, construida en el año 1929 en calle Alem Nº 69.(!¡)
Casa Dr. Suburu, construida en el año 1929, en calle B. Mitre Nº 237.(!¡)
Casa Otaño - Miñonez, construida en el año 1929, en calle Urquiza Nº 685.(!¡)
Casa Dr. Beñatena, construida en el año 1931 en calle La Rioja Nº 564.(!¡)
Bco. Popular de Cdia., construida en el año 1931, en calle Urquiza y B. Mitre.(!¡)
Liga Arg. De Préstamos Mutuos, construida en el año 1931 en calle Entre Ríos Nº 487.(!¡)
Salón Comerciales dos viviendas Cobelli, construida en el año 1931 en calle Entre Ríos yVélez Sarsfield
( esq. S.O.).(!¡)
Casa César Crosa, construida en el año 1933 en calle A. del Valle Nº 30/32.(!¡)
Casa César Crosa, en calle Catamarca (entre Entre Ríos y Urquiza).(!¡)
Casa Caprio, en calle B. de Irigoyen Nº 83.(!¡)
Salones comerciales Arcioni, en calle Entre Ríos y B. Mitre (esq. S.E).(!¡)
Casilla del Juez Raya, construida en el año 1931, Hipódromo de Concordia.(¡!)
Hogar de Ancianos Juana Sarriegui de Isthilart (A)

B- Los inmuebles comprendidos en el listado que antecede y todos aquellos cuya construcción anteceda al año 1940, no podrán ser intervenidos ni sometidos a refacciones, modificaciones, ampliaciones y/o cualquier otra alteración de su estructura arquitectónica o estética, sin previa opinión del Consejo Asesor de Protección del Patrimonio de Concordia y la aprobación del órgano de Aplicación y el Departamento Ejecutivo Municipal.

C- Toda modificación o destrucción de un edificio considerado patrimonio, sea total o parcial, que se hiciera sin previa autorización municipal, será pasible de multas, según la gravedad del hecho, el que será evaluado por el Consejo Asesor de Protección del Patrimonio de Concordia y el organismo de aplicación, pudiendo llegar hasta la obligación de construir lo alterado o destruido en su forma anterior, por cuenta de los responsables de lo ejecutado sin autorización, sin perjuicio de las máximas multas previstas.
En el caso de no producirse la reparación y reconstrucción del edificio a las condiciones originales previas a la transgresión de la normativa, en el plazo oportunamente otorgado, comenzará a aplicarse una multa de 300 % sobre la Tasa General Inmobiliaria de la Cuenta Municipal involucrada, la que continuará cobrándose hasta tanto se adecuen las obras a su situación original.
Luego de las transgresiones cometidas o cambios que difieran de lo original sin autorización, en toda intervención edilicia que se pretenda llevar adelante, en el predio o parcela del inmueble protegido, no podrá hacer uso de los parámetros urbanísticos establecidos (FOS, FOT, etc.) por las normas vigentes. En tal sentido se deberán mantener las superficies y usos aprobados originalmente para la propiedad catalogada o encuadrada Engel Art. 2º Inciso "B" de la presente Ordenanza. Esta condición se mantendrá hasta tanto se adecuen las obras a su situación primitiva u oportunamente autorizada.(%)

D- No se podrá hacer construcciones que reduzcan la visibilidad de la obra ni colocar anuncios, carteles de publicidad u otro objeto que produzca igual efecto o disminuya la estética del edificio. El Consejo procurará acuerdo o concertaciones previas a las construcciones de obras colindantes o ubicadas en el entorno del bien patrimonial, estableciendo alturas máximas y mínimas, salientes y entrantes, etcétera, cuyo objeto será determinar las condiciones del proyecto a ejecutar, de forma tal de no afectar al bien declarado de interés histórico-arquitectónico.


ARTICULO 3º.- PRESERVACION DEL PATRIMONIO CULTURAL, HISTORICO, DOCUMENTAL, ARQUEOLOGICO Y ANTROPOLOGICO.
A- Declárese comprendido en esta preservación todos los bienes de cualquier clase y naturaleza y cualquiera fuera su situación dominial.

B- Están comprendidos en esta clasificación los yacimientos, piezas y elementos de carácter antropológico, arqueológicos, etnográficos, paleontológicos, tanto de origen biológico como los de naturaleza mineral, simples o elaboradas.

C- Se incorporarán los siguientes bienes que no tienen carácter taxativo:
-Muebles y/o expresiones del arte decorativo.
-objetos científicos, artísticos, numismáticos, filatélicos, técnicos, armas, material de precisión, imágenes, fotográfico, cinematográfico, ornamentos litúrgicos, etcétera.
-Libros, documentos, bibliotecas, impresos, manuscritos, diarios, archivos, hemerotecas, elementos gráficos, cartográficos, visuales de audio.
- Obras de artes de cualquier tipo, origen, material como: pinacotecas, monumentos, colecciones.
-Maquinaria agrícola, utensilios domésticos, de profesiones, herramientas.

D- Cuando se considere conveniente se suscribirán con los propietarios del bien, convenidos a fines de realizar tareas de preservación patrimonial y aprovechamientos de sus valores, quienes estarán obligados a facilitar tareas de mantenimientos.
Cuando los propietarios decidieran enajenarlos o trasladarlos o modificarlos, en cualquier forma estarán obligados a comunicarlo para que la municipalidad pueda ejercer la opinión a compra o preferencia.

PRIMERA ETAPA DE REGISTRO
- Esculturas del Cementerio Viejo
- Sarcófagos
- Monumentos funerarios
- Escultura "El Niño del Paraná" (en Plaza 25 de Mayo -sobre calle Bartolomé Mitre.)
- Escultura "Hombre Bandera" (Plazoleta Belgrano -frente a la Catedral)
- Mural cerámico de Benito Quinquela Martín "La Despedida" en Cementerio Plaza Memorial El Edén.
- Mural cerámico de Benito Quinquela Martín "Carnaval en La Boca" en la Términal de Ómnibus.
- Mural cerámico de Benito Quinquela Martín "Día de sol en La Boca" en fachada edificio Artes
Visuales calle Urquiza y Bartolomé Mitre.
- Obras pictóricas y escultóricas del Museo de Artes Visuales.
- Biblioteca Andrés Chabrillón.
- Biblioteca Olegario V. Andrade -1º de Mayo 141.
- Biblioteca de la Escuela Vélez Sarfield.
- Archivo del Honorable Concejo Deliberante.
- Archivo de la Ciudad de Concordia.

DE ARQUEOLOGIA:
- Sitio Tortuga Alegre -en el sector del mismo nombre.
- Sitio Salto Chico -en el sector del mismo nombre.
- Sitio San Carlos -en el Parque Rivadavia.
- Sitio Los Dos Bretes -en Victorino Simón y avenida Salto Uruguayo, aproximadamente.
- Sitio Playa Nebel -en el sector del mismo nombre.
- Sitio Fleitas -en el sector del Salto Uruguayo y el río.
- Sitio Puerto de los Aguateros -en el sector que comprende desde calle 25 de Mayo hacia el Sur, por la costa del río en una extensión de 1.000 metros aproximadamente.
- Sitio Frigorífico Yuquerí -sector ubicado a unos 1.000 metros al Sudoeste de la antigua planta del Frigorífico.
- Y los sitios que se detecten en el futuro.

RESERVACION PAISAJISTICA AMBIENTAL
- Conservar el capital natural representado por los variados recursos naturales existentes dentro del ámbito urbano, suburbano y rural, apelando a un usufructo racional de los mismos, que se compatibilicen con la preservación del medio ambiente.
- Facilitar el logro de adecuados niveles de calidad de vida de la población a través del tratamiento integral y compartido de nuestro patrimonio paisajístico y ambiental.
Incrementar el valor y la eficiencia funcional de los soportes naturales y periurbanos, tanto en los plazos de sobre usos como los de subutilización.
Se declaran espacios y bienes sujetos a obligación de conservar y proteger y se incluyen en el siguiente catálogo:
a) Todos los recursos hídricos locales comprendidos y/o adyacentes al ejido municipal (ríos, arroyos,
lagunas, etcétera)
b) Todos los espacios urbanos y periurbanos de interfaces entre el medio acuático y el medio terrestre (Playas, costas, borde lagos, etcétera)
c) Todos los espacios interurbanos y extra urbanos cuya cobertura vegetal presenta un valor natural, singular, científico, cultural y/o paisajístico que exijan un tratamiento acorde de preservación y puesta en valor y, consecuentemente un manejo que asegure su correcto desarrollo y preservación (selvas en galerías, monte xerófilo, palmeras autóctonas, bosque de liquidámbar, árboles públicos, etcétera).
d) Todos los espacios verdes de uso público dentro del éjido municipal, asegurando que cualquier equipamiento a implantar que modifique la cobertura del suelo natural no supere el 1 % de la superficie de referencia (plazas, parques, plazoletas, etcétera).
e) Los espacios libres comprendidos en cada manzana, denominados pulmón de manzana, deberán ser parquizados en un 80 % de su superficie.
Los árboles existentes se incorporarán a los bienes a proteger.
f) Las normas sobre preservación ambiental, paisajística y naturales, serán aplicables en cuanto fueran compatibles, el uso y preservación del espacio aéreo y el subsuelo.
Declárese comprendido en las previsiones del programa el espacio aéreo de la ciudad.
Sin perjuicio de la aplicación de la normativa vigente la presente ordenanza tiende a minimizar el impacto ambiental y la agresión biológica que represente el denominado smog electrónico, electromagnético, radioeléctrico, telemático y similares.
También el tendido de cables, redes y objetos similares, tanto en el subsuelo como en el espacio aéreo, con cualquier finalidad, para el traslado de ondas, señales o energía, en el terreno de las comunicaciones, medios de información radial o telemático y cualquier sistema equivalente susceptible de provocar impactos visuales, arquitectónicos, urbanísticos y biológicos que puedan representar daños, agresiones actuales o potenciales para las personas y los valores urbanos y estéticos de la ciudad.
(0) Texto ordenado según Ordenanza nº 33195
(-/) Texto ordenado según ordenanza n° 33332
(=) Texto ordenado según ordenanza nº 33448
(*) Texto ordenado según ordenanza nº 34792
(%) Texto ordenado según ordenanza nº 34820
(+) Texto ordenado según ordenanza nº 34776
(&) Texto ordenado según ordenanza nº 34841
(@) Texto ordenado según Ordenanza Nº 35819
(ç) Texto ordenado según ordenanza Nº 35870
(I) Texto ordenado segun Ordenanza Nº 35927
(¿?) Incorporado por Ordenanza Nº 36039
(^) Incorporado por Ordenanza Nº 36130
(+) Incorporado por Ordenanza Nº 36279
(!¡) Incorporado por Ordenanza Nº 36316
(A) Incorporado por Ordenanza Nº 36426

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